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 Sábado 04 de Setiembre del 2010
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MATRIMONIO / DIVORCIO
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  Requisitos para el Matrimonio Civil
 


Requisitos, para ambos contribuyentes:

a. Copia Certificada de Partida de Nacimiento actualizada con vigencia de 3 meses.
b. Examen médico Pre Nupcial con vigencia de 30 días
c. Original y Copia simple de documento de identidad (con la constancia de la ultima votación).
d. Certificado de soltería (Recabar Módulo 8).
e. Por lo menos uno de los contrayentes debera residir en el distrito de Barranco. El domicilio que declaren los contrayentes deberá coincidir con el que aparece en el documento de identidad. Caso contrario, deberá acompañar Certificado domiciliario expedido por la Municipalidad y/o Notario que acredite domicilio con vigencia de 30 días pra lo que adjuntará:
Solicitud al alcalde recibo de servicios(copia) y pago de s/.3.50; Certificado de Soltería según domicilio de D.N.I (Si el domicilio fuera Barranco); Solicitud dirigida al alcalde, copia de D.N.I. àgp de s/.22.60.

Requisitos, Casos Especiales:

Deben adjuntar a la documentación anterior

1. Para Contrayentes Viudos
a. Presentación partida original de matrimonio anterior.
b. Presentación partida original de defunción del cónyuge.
c. Declaración Jurada Notarial si tiene hijos o no bajo su patria potestad y si administra o no bienes de ellos.
d. Certificado Médico expedido por el Ministerio de Salud qeu acredita no hallarse embarazada en caso de viudez al no haber transcurrido trescientos (300) días del fallecimiento.

2. Para Contribuyentes Divorciados
a. Partida de matrimonio anterior con notación de divorcio y copia de sentencia.
b. Declaración Jurada Notarial de efectuar o no la patria potestad de sus menores hijos y si administra o no bienes de los mismos.
c. Certificado Médico expedido por el ministerio de Salud que acredite no hallarse embarazada en el caso de viudas y de divorciadas al no haber transcurrido trecientos días.

3.Contrayentes Menores de 18 años
a.Autorización escrita Notarial de los padres Dispensa Judicial.

4. Para Contrayentes Extranjeros
a. Original y copia de Pasaporte o carne de Extranjería.
b. Partida de Nacimiento Original, en caso de Peruanos Nacionalizados, deberá presentar carta de naturalización.
c. Certificado de soltería expedido por le Cónsul de la embajada repectiva en el Perú.
d. Copia de la fecha de ingreso al país..
NOTA: Todo documento expedido por la autoridad extranjera deberá ser traducidos al idioma castellano visados por el consulado peruano del lugar de origen y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Secuencia de Trámite:

a. Examen médico en el Centro médico Municipal sito Av. Surco Nº431 - Barranco de lunes a Viernes de 08:00 a.m a 05:00 p.m.
b. Con el resultado del examen médico, ademas de toda la documentación, presentarse en el módulo de registro civiles; los contrayentes acompañados por sus testigos (no familiares directos).
c. Compra del expediente matrimonial previa revisión de documentos presentarse en Plataforma de la Municipalidad (Modúlo 8) . Los contrayentes y testigos, uno por cada contrayente. Testigos con documento de Identidad y copia simple (votación al día).
d. Apertura el expediente matrimonial.
d. Entrega del edicto Matrimonial para su publicación por una sola vez, en el diario de su preferencia.
e. Una vez publicado el Edicto deberá traer la Hoja Completa del diario y el edicto publicado en otra municipalidad de ser el caso, la pareja podrá contraer matrimonio a partir del noveno día después de la publicación.
f. Fijación de fecha y pago de derechos por relación, por ceremonia de acuerdo a las tarifas establecidas.

Para mayor infomación revisar Aquí


  Procedimieno no Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior
 

Certificado Otorgado por el Ministerio de Justicia. Ver más

 

Separacion Convencional:

a. Solicitud dirigida al Alcalde que exprese, de manera indubitable, la decision de separarse, señalando nombre completo, DNI, el último domicilio conyugal, firma y huella digial de ambos cónyuges.
b. Copia simple y legible de los documentos de identidad de ambos cónyuges.
c. Copia certificada del Acta o de la partida de marimonio, expedida con una antiguedad no mayor a los 3 meses.
d. (Si el matrimonio no se realizó en la municipalidad de Barranco). Declaración Jurada del último domicilio conyugal, suscrita por ambos cónyuges. El domicilio debe ser denro de la jurisdicción de Barranco.
e. Declaración jurada, con firma y huella de ambos cónyuges, de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.
f. Declaración jurada, con firma y huella de ambos cónyuges, de carecer de bienes sujetos al Régimen de sociedad de Gananciales. O copia del Testimonio de Escritura Pública, inscrita en Registros Públicos de Separación de Patrimonios o de Sustitución del Régimen de Sociedad d Gananciales por el de Separación de Bienes.
g. Recibo de Pago por s/. 94.65.

En caso de existir hijos menores de edad:

1. Acta o Partida de nacimiento del hijo menor (con una antiguedad no mayor a 3 meses).
2. Copia certificada de la Sentencia Judicial firme o Acta de Conciliación respecto a los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos tenencia y visitas..

En caso de existir hijos mayores con incapacidad:

1.Acta o Partida de nacimiento del hijo con incapacidad (con una antiguedad no mayor a 3 meses).
2. Copia certificada de la Sentencia Judicial firme o Acta de Conciliación respecto a los regímenes del ejercicio de la curatela, alimentos y visitas.
3. Copia certificada de la senencia judicial firme, que declare la interdicción del hijo mayor de edad y nombren a su Curador.

Divorcio Ulterior:
(Transcurridos 2 mese de emitida la Resolución de Alcaldía de Separación Convencional)

1. Solicitud de Disolución del Vínculo Matrimonial, presentado por cualquiera de los cónyuges, dirigida al Alcalde, señalando nombre, DNI y firma de solicitante.
2. Copia de la Resolución de Alcaldía que declaró la Separación Convencional.
3. Recibo de Pago por s/. 55.68.

Plazos:
a.05 días para la revisión de la documentación.
b.15 días para convocar a audiencia Unica.
c. 05 días para expedir resolución de alcaldía de Separación Convencional.
d. 60 días entre Separación Convencional y solicitud de Divorcio Ulterior.
e. 05 días para expedir Resolución de Alcaldía de Disolución de Vínculo Matrimonial.

 

Av. San Martin S/N - Barranco Telefono: 7192040 / 7192041