- Ordenanzas que regulan los arbitrios municipales.
- Acuerdos de Consejo que ratifican las Ordenanzas de los Arbitrios.
- Cuadro de Estado y Depreciación del Reglamento Nacional de Tasaciones (aplicable al último ejercicio)
- Tabla de Valores Unitarios de Edificación 2018
- Tabla de Valores Unitarios de Edificación 2017
- Tabla de Valores Unitarios de Edificación 2016
- Tabla de Valores Unitarios de Edificación 2015
- Tabla de Valores Unitarios de Edificación 2014
- Tabla de Valores Unitarios de Edificación 2013
- Tabla de Valores Unitarios de Edificación 2012
- R.M. N° 411-2017-Vivienda: Valores Arancelarios 2018
- Tabla de Valores Arancelarios 2017
- Tabla de Valores Arancelarios 2016
- Tabla de Valores Arancelarios 2015
- Tabla de Valores Arancelarios 2014
- Tabla de Valores Arancelarios 2013
- Tabla de Valores Arancelarios 2012
- Tasa de Interés Moratorio Aplicable
- Tabla de Depreciación para el Ejercicio 2012 - 2018
- Relación de las Unidades Impositiva Tributarias (UIT) 1992 - 2018
Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias
Ordenanza que regula el Derecho de emisión mecanizada
Ordenanza que ofrece beneficios para los tributos municipales
PROCESOS TRIBUTARIOS
- SUB GERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
- SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN, CONTROL Y EJECUTORIA COACTIVA
- EJECUTORIA COACTIVA
PLAZOS PARA PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA
Los contribuyentes están obligados a presentar Declaración Jurada cuando efectúe una transferencia de dominio de un predio (venta, compra, absorción, anticipo de legítima, fallecimiento, declaratoria de herederos, otros) o cuando se dé en concesión la posesión de un predio o se revierta, así como, cuando el predio sufra modificaciones en sus características que sobrepasen el valor de 5UIT. En todos éstos casos la Declaración Jurada deberá presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente de producido los hechos.